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07 de septiembre de 2024
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Los siete puntos por los cuales rechazan la derogación de la ley de contratos de producción vitivinícola

La Ley 9133 de Mendoza busca dar un marco normativo a la producción tercerizada de materias primas y sus contratos con industriales. Sin embargo, el Gobierno impulsa su derogación en la Legislatura provincial.


 

Días atrás, el Ministro de Producción de Mendoza, Rodolfo Vargas Arizu, acudió al Senado de esa provincia para presentar un proyecto de ley mediante el cual busca derogar la Ley N° 9133, que es conocida como ley de Contratos para la Comercialización de Productos Agrícolas.

Esta legislación que promulgó en su momento (año 2019) el actual Gobernador Alfredo Cornejo, estableció la obligatoriedad del registro de contratos de compra-venta de productos agrícolas, mediante el cual pretendía dar un marco jurídico a la intercambio comercial entre los productores industriales y los primarios, en el marco de una tercerización de la materia prima.

Es el caso, por ejemplo, de los contratos de compra de uva a productores independientes, por parte de las bodegas, para la elaboración de vino. La iniciativa fue pensada para esta actividad en 2019 pero en 2020 se amplió a otros productos agrícolas industrializables.

 

Alcances de la derogación

El proyecto presentado, según confiaron desde la Legislatura, busca derogar la Ley N° 9133 y todas las normas asociadas a su aplicación. Así, se cancelan todas las multas impuestas bajo esta ley que aún no sean definitivas en sede administrativa o judicial, excepto las que están en curso. Según indicaron, “las sanciones que ya sean firmes al momento de la publicación de la nueva ley mantendrán su validez y efectos legales”. Tampoco se permitirá la devolución de los montos ya abonados por multa.

 

El comunicado de la Sociedad Rural de Valle de Uco

En este marco, desde la Sociedad Rural del Valle de Uco y las Confederaciones Rurales Argentinas (CRA) emitieron un comunicado manifestando la “firme oposición” al proyecto y al “perdón de multas, cuyo monto actualizado alcanza los $1.200.000.000”, según indicaron.

En ese sentido, expusieron siete puntos por los cuales sostienen el argumento, amparándose en supuestas declaraciones falsas que otorgó el Ministerio de Producción que comanda Arizu.

  • Protección a los productores: Según explicaron, “se afirma que los fines originarios de la ley no se han cumplido. La realidad muestra que la Ley 9133 ha protegido a más de 8 mil productores, con más del 90% de los establecimientos sin incumplimientos”.
  • Fijación de precios: “Se menciona la imposibilidad de fijar precios antes de la entrega de los productos. Precisamente, esta ley se originó para contrarrestar el aprovechamiento de la posición dominante de la industria”.
  • Sobre el beneficio a los productores: “Es falso que los productores no se ven beneficiados. No existe acta alguna de las mesas de concertación que respalde tal afirmación”.
  • Fechas de vencimiento: “Se asegura que las fechas de inscripción de contratos van en contra de la realidad productiva. Todas las fechas fueron acordadas técnicamente con el Instituto de Desarrollo Rural (IDR) y superan ampliamente el periodo de cosecha de cada producto”.
  • Recepción de frutas por la industria: “Se indica que la industria recibe frutas todo el año, lo cual no es relevante ya que la fruta de otras provincias no necesita inscripción, solo un comprobante de procedencia extraprovincial. El verdadero problema es la falta de documentación adecuada por parte de algunos industriales, como lo ha señalado la AFIP”.
  • Relevancia de la Ley: “Se argumenta que la ley no tiene sentido al no contemplar productos de otras provincias. Aunque no los contempla, la industria debe justificar el ingreso de la materia prima mediante facturas para evitar sospechas sobre su origen”. De hecho, aseguraron: “Desde los organismos de Fiscalización y Control multan a aquellos que no pueden justificar el origen, no a los que demuestran que proviene de otra provincia”.
  • Preocupación por el perdón de deudas: “Nos preocupa profundamente que el Ministerio de Producción no ofrezca argumentos sólidos para impulsar el perdón de todas las deudas originadas por multas de la presente ley. Este perdón constituye un antecedente peligroso para la administración pública y beneficia de manera especial a unas pocas 20 empresas que acumulan deudas que podrían alcanzar los $1.200.000.000, castigando a 600 industriales cumplidores que respetan la ley”.

 

Nota exclusiva para La Voz del Viñatero. En caso de usar el contenido o reproducirlo no olvide citar como fuente a La Voz del Viñatero – www.lavozdelvinatero.com.ar

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